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Permiso de conducción clase B

 

Edad mínima para obtenerlo: 18 años

Habilita la conducción por la vía pública de:

  • Automóviles cuya MMA no exceda de 3500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve.
  • Estos automóviles podrán llevar enganchado un remolque ligero, cuya MMA no exceda de 750 kg.
  • También pueden arrastrar un remolque no ligero (superior a 750 kg de MMA) siempre que la MMA del conjunto no exceda de 4250 kg.
  • Triciclos y cuadricilos de motor. Para conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW será necesario tener 21 años.
  • Ciclomotores, cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida.
  • Cualquier vehículo especial y conjunto de los mismos:
    • Agrícolas, con un máximo de nueve personas transportadas incluido el conductor.
    • No agrícolas, cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 Km/h y su MMA no exceda de 3500 kg. Si excede de cualquiera de estos límites, se requerirá el permiso de conducción correspondiente a su MMA. El número de personas transportadas, incluido el conductor, no excederá de nueve.
  • Las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor con una antigüedad de 3 años podrán conducir, en territorio nacional, las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1.